EFECTOS DE LAS
FUSIONES BANCARIAS
Creación
de una nueva razón social, resultante de la disolución de dos o más entidades
solicitantes de la Fusión, que implique el traspaso en conjunto de sus
respetivos capitales de la entidad con la nueva razón social, la cual también
adquirirá la totalidad de los derechos y obligaciones de las instituciones
fusionadas;
Absorción
de una o más instituciones por otra, lo cual conllevará la desaparición de la
(s) entidad (es) absorbida (s) y el traspaso de la universalidad de su (s)
capital (es), activos y pasivos a la entidad absorbente; y
Compra
de la totalidad de las acciones de la entidad absorbida por parte de la entidad
absorbente. Como consecuencia de esta operación, y luego de la comprobación del
hecho mediante acta notarial y de haberse cumplido con las formalidades
establecidas en el Código de Comercio y en las disposiciones legales vigentes,
los activos y pasivos de la entidad absorbida se integrará al capital de la
entidad absorbente, quedando la primera disuelta y liquidada de pleno derecho.
En
caso de rechazo de un proyecto de Fusión, los Directorios de las entidades
patrocinadoras de la misma; podrá solicitar, por una sola vez, la reconsideración
de la respectiva Resolución a la Junta Monetaria, que contenga las correcciones
o ajustes de lugar.
Con
el proyecto de Fusión aprobado por la Junta Monetaria, las instituciones
involucradas podrán iniciar su proceso de Fusión, para lo cual se les otorga un
plazo de seis (6) meses a partir de la fecha de aprobación de la Fusión.
Elementos
Básicos que Debe Contemplar el Programa de Fusión Bancaria
Integración accionaria y legal;
Integración administrativa; y
Consolidación de cuentas.
En
el caso de que la entidad resultante de la Fusión, no sea un banco comercial y
se le autorice a constituirse como tal, como paso previo para ofrecer servicios
múltiples bancarios, se le otorgará un plazo de seis (6) meses para crear la
estructura necesaria para implementar dichos servicios.
Características
Entidades a Fusionarse
Las entidades fusionadas deberán tener el mismo domicilio social; y
La entidad resultante deberá elaborar el estado financiero consolidado de las
instituciones fusionadas.
Ventajas
de las Fusiones Bancarias
Las Fusiones no deben implicar ninguna restricción a la libre competencia, de
modo que mejoren la estructura productiva y organizativa de las empresas que se
integran en beneficio de la economía nacional.
Las
Fusiones Bancarias pueden ser muy beneficiosas para el Sistema Financiero
Nacional, siempre y cuando ellas formen parte de una estrategia orientada por
el Estado, tendente a garantizar la estabilidad y el crecimiento sano del
mismo, sin que conlleven a un incremento en las tasas de rentabilidad
sustentada en el alto riesgo, que a la postre derivaría en Fusiones –
absorciones forzosas y hostiles de las instituciones bancarias que operan
conforme a normas y regulaciones de las autoridades monetarias y supervisoras
del sistema bancario del país.