CARACTERÍSTICAS DE
LA FUSIÓN
Puesta
en común por dos o más sociedades de todos sus activos con la toma del pasivo,
ya produciendo la creación de una sociedad nueva, ya realizando aportes
consentidos a una sociedad preexistente (absorbente) y aumentando su capital en
el caso de que el activo neto exceda su capital suscrito;
La
desaparición de la (s) sociedad (es) aportante (es) o absorbida (s);
La atribución de nuevos derechos sociales a los asociados de las sociedades
desaparecidas;
De
acuerdo con la opinión del Dr. José Luis Taveras, "la Fusión se
caracteriza por:
Disolución de la sociedad absorbida que desaparece en tanto persona moral;
Transmisión de la universalidad de los bienes de la sociedad absorbida a la
sociedad absorbente;
Los accionistas de la sociedad absorbida devienen en
socios de la absorbente;
Las Fusiones son operaciones generalmente practicadas en períodos de expansión
económica o de crisis".
Tomando
en cuenta la definición de Fusión dada por la Directiva creada por el Consejo
de Ministros de la Comunidad Económica Europea, pueden establecerse las
siguientes características:
La transferencia de todo el patrimonio activo y pasivo de las sociedades
absorbidas a la sociedad absorbente o de las sociedades a fusionarse a la nueva
sociedad;
La
disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas a fusionarse;
La atribución inmediata a los accionistas o de las sociedades absorbidas o de
las sociedades fusionantes de acciones de la sociedad absorbente o de la
sociedad nueva y eventualmente de una indemnización o compensación en especie
que no sobrepase el 10% del valor nominal de las acciones atribuidas o, en
defecto de valor nominal, por su parte contable.
Clasificación
de las Fusiones
De acuerdo con lo establecido en el artículo 371, literal 1 del Código de Comercio
francés, la Fusión puede ser de dos tipos:
Fusión Pura. Dos o más compañías se unen para constituir una nueva. Estas se
disuelven, pero no se liquidan.
Fusión por Absorción. Una sociedad absorbe a otra u otras sociedades que
también se disuelven pero no se liquidan.
Tellado
hijo considera que la Fusión puede llevarse a cabo de dos maneras:
Fusión "Por Combinación". Denominada también Fusión propiamente
dicha, consiste en que dos o más compañías se unen para constituir una nueva.
Estas
se disuelven simultáneamente para constituir una compañía formada por los
activos de las anteriores, mediante la atribución de acciones de la compañía
resultante a los accionistas de las disueltas. La disolución de las compañías
fusionadas, si es anterior a la formación de la compañía nueva, se puede
convenir bajo la condición suspensiva de la Fusión.
Fusión
"Por Anexión". Una o varias compañías disueltas para ello, aportan su
activo a otra ya constituida y con la cual forman un solo cuerpo. La compañía
absorbente ha aumentado su capital mediante la creación de acciones que
atribuye a los accionistas de las compañías anexadas, en representación de los
aportes efectuados para la Fusión.
Las
Fusiones pueden reunir sociedades de la misma forma o de formas diferentes.
Pero una Fusión entre una sociedad y una asociación no sería posible. El caso
más frecuente y más perfecto es el de la Fusión de dos sociedades anónimas o
por acciones, en el caso de la República Dominicana.
Según la competencia e
interés comercial, existen tres tipos de Fusiones
Fusión Horizontal. Dos sociedades que compiten ambas en una misma rama del
comercio;
Fusión Vertical. Una de las compañías es cliente de la otra en una rama del
comercio en que es suplidora;
Conglomerado. Estas compañías ni compiten, ni existe ninguna relación de
negocios entre las mismas.